Mirar al retrovisor
El parlamentarismo y las sutilezas
/por Joan Santacana/
Yo me he dedicado siempre a la historia y soy un lego en asuntos de derecho; cierto es que estuve matriculado en una Facultad de Derecho, pero jamás estudié. Por ello, sólo puedo analizar determinados temas jurídicos con las gafas de la historia y al margen de sutilezas. Y es bajo este cristal que me atrevo a opinar.
Los sistemas democráticos se caracterizan, entre otras cosas que no es necesario ahora mencionar, por el triunfo absoluto del parlamentarismo sobre cualquier otra opción. Por ello, no es posible comprender el significado del Estado democrático sin plantear la raíz del parlamentarismo moderno. En realidad se trata de un sistema de gobierno en el cual el poder político reside mayoritariamente en un parlamento. Este concepto, en el mundo moderno, nació en Inglaterra a mitad del siglo XVII, cuando se generó un terrible conflicto entre el gobierno del rey Carlos I y el parlamento de Westminster. Es bien sabido que el conflicto derivó en una guerra civil entre los defensores del parlamento y las huestes reales. Los ejércitos reales fueron derrotados y Carlos I pagó su error con la cabeza, siendo el primer rey de la época moderna que murió decapitado.
Después de estos acontecimiento dramáticos, el parlamento inglés asumió para si todos los poderes del estado durante un breve periodo de tiempo, hasta que Oliver Cromwell, asumió el papel de dictador e instauró la Republica en 1649. Fue el único periodo de tiempo que en Inglaterra hubo una república.
Fue en este periodo cuando el parlamentarismo mostró sus características principales: la primera fue que el parlamento debía ser una asamblea popular, elegida por los ciudadanos, libremente y en igualdad de condiciones. La segunda característica fue que el parlamento se convirtió en la primera autoridad del Estado, sin que nadie ni nada pudiera violentar su autonomía. En tercer lugar, el poder ejecutivo y todos los servidores del Estado deberían estar supeditados a él. En cuarto y último lugar, un parlamento solo podía ser disuelto por el pueblo que lo había elegido.
Estas fueron las características de un régimen, el parlamentario, que se impuso de forma clara y definitiva hasta hoy en Inglaterra a partir de 1688 con la Revolución inglesa, de tal forma que, cuando se reinstauró la monarquía en la dinastía de los Hannover, el monarca, Carlos II, rubricó el parlamentarismo en Inglaterra, al delegar su poder en manos de los parlamentarios. Existe una magnifica crónica de este periodo de la mano de Samuel Pepis (1633-1703), un funcionario que llegó a ocupar el cargo de Secretario del Almirantazgo y que redactó un delicioso diario de cuando acontecía en aquel Londres del primer parlamentarismo.
Este fue el modelo que instauraron los habitantes de las colonias británicas de América del Norte en 1776, cuando se sublevaron contra la Gran Bretaña e instauraron un sistema basado precisamente en el parlamentarismo; en el continente europeo fue la Revolución francesa que, basándose en ideas similares, especialmente el Contrato social de Jean-Jacques Rousseau, defendió los mismos principios. Si bien en un comienzo los parlamentos eran organismos diseñados para limitar las arbitrariedades de los órganos administrativos de la monarquía y de sus funcionarios, a lo largo del siglo XIX y sobre todo en el XX se transformaron en el poder más importante del Estado
Desde el punto de vista histórico todos los parlamentarismos surgieron de estos embriones. El parlamentarismo español —no es este el lugar de hacer una glosa histórica— también surgió de aquí, aun cuando en la agitada historia contemporánea de España, desde 1808 hasta el presente, hubo notables avances y épocas de triunfo del parlamentarismo y otras en las cuales sufrió un gran retroceso.
Hoy, después de instaurado un régimen parlamentario desde hace ya algunas décadas, sorprende que en un parlamento muchos diputados desconozcan que la palabra parlamento indica claramente que sus señorías fueron elegidos para ocupar un escaño, que es un lugar para parlamentar, es decir dialogar, razonar, hablar; no procede de la palabra vocear, que seria el equivalente a gritar, alterar, insulltar o amenazar. Por ello, contemplando este comienzo del año 2020 desde la humilde silla de un aprendiz de historiador y desconociendo la profundidad y los vericuetos del derecho, no puedo comprender como un organismo administrativo, una Junta Electoral, puede interferir en un parlamento, quitando o poniendo diputados, al margen de la bondad o maldad de estos diputados. Por ello quisiera preguntar sobre ¿qué ocurriría si en aquellos primeros parlamentos se hubiera violentado su composición o un parlamentario? ¿Qué hubiera ocurrido si un tribunal hubiera hecho caso omiso de un dictamen o resolución parlamentaria? Lo dejo a juicio de los lectores y ya se que estos temas están tejidos de sutilezas, pero ante ello me acojo a la frase de Cromwell cuando dicen que dijo que «la sutileza puede engañarnos; la integridad, nunca».
Joan Santacana Mestre (Calafell, 1948) es arqueólogo, especialista en museografía y patrimonio y una referencia fundamental en el campo de la museografía didáctica e interactiva. Fue miembro fundador del grupo Historia 13-16 de investigación sobre didáctica de la historia, y su obra científica y divulgativa comprende más de seiscientas publicaciones. Entre sus trabajos como arqueólogo destacan los llevados a cabo en el yacimiento fenicio de Aldovesta y la ciudadela ibérica y el castillo de la Santa Cruz de Calafell. En el campo de la museología, es responsable de numerosos proyectos de intervención a museos, centros de interpretación, conjuntos patrimoniales y yacimientos arqueológicos. Entre ellos destaca el proyecto museológico del Museo de Historia de Cataluña, que fue considerado un ejemplo paradigmático de museología didáctica.
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